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ADG-FAD
Medidas fiscales Marzo 2020

Gobierno de España

El Consejo de Ministros ha aprobado El Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros (de los que el 50% se reservará para garantizar préstamos de autónomos y PYMES), de la línea de avales para empresas y autónomos, recogida en el Real decreto ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, con el fin de garantizar la liquidez y preservar la actividad productiva y la ocupación.

Esta Línea garantizará los nuevos préstamos y las renovaciones concedidas para entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pago de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias a fin de mantener la actividad y la ocupación.Esta línea será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en colaboración con las entidades financieras. 

Los Avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse por las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real decreto ley 8/2020, del pasado día 18 de marzo.Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020 y tendrán que dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya subscrito los correspondientes acuerdos de colaboración. La Línea de Avales cubrirá:
➡ El 80% de nuevos préstamos y renovaciones para autónomos y pymes
➡ El 70% de nuevos préstamos y el 60% de renovaciones para el resto de empresas
➡ El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 5 años.
➡ El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras,
➡ Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en linea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19.
➡ También asumirán, las entidades financieras, el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020 los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes los préstamos de los cuales resulten avalados.

El gobierno ha decretado también una moratoria de las cuotas de la Seguridad Social de los autónomos durante 6 meses. No se podrán acoger los autónomos que desarrollen actividades afectadas por el estado de alarma, ya que pueden optar, si lo solicitan, a no pagar estas cuotas por un mes prorrogable hasta que finalice el estado de alarma.

En referencia a los aplazamientos de pago de obligaciones tributarias, el Gobierno recuerda que en el citado Real decreto ley ya establece las medidas de flexibilización, previa solicitud por parte de las PYMES y autónomos, correspondientes a:
➡ Tres meses sin intereses y hasta un máximo de 6 meses.

En el capítulo IV, artículo séptimo, se prevé la moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual y se detallan sus especificaciones en adelante.

A través del programa Acelera pyme el Estado ha puesto en marcha una plataforma en la que informa de las ayudas a las Pymes y autónomos ante el COVID-19, desde la transformación digital al teletrabajo, pasando por ayudas a la I+D+i a empresas tecnológicas y del sector digital. Algunas comunidades autónomas también disponen de programas de ayudas por estos conceptos.

Finalmente, son muchos los ayuntamientos que están facilitado la bonificación o el aplazamiento del pago de impuestos y tasas municipales, como el Ayuntamiento de Barcelona, que los pospone hasta el mes de julio. Consulta la página web de tu consistorio.

Generalitat de Catalunya

El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies ha puesto en marcha una ayuda, en forma de prestación económica, de hasta 2.000 euros para las personas trabajadoras autónomas –persona física-, que acrediten una reducción drástica e involuntaria de su facturación como consecuencia de los efectos del coronavirus en su actividad económica, y siempre que figuren de alta en actividades de las que las autoridades sanitarias han decretado el cierre y no dispongan otras fuentes alternativas de ingresos. Esta ayuda cuenta con un presupuesto de 7,5 millones de euros y prevé beneficiar unas 4.500 personas trabajadoras autónomas. Para acceder a esta ayuda, las personas trabajadoras autónomas – persona física- tendrán que estar dadas de alta al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA), y con domicilio fiscal en Cataluña.

Además, el Govern ha dado hoy luz verde a la modificación parcialmente del Decreto Ley 7/2020 de medidas urgentes contra el coronavirus para adaptarlo en el Real decreto ley 8/2020 aprobado por el Gobierno del Estado e incluir nuevas actuaciones de carácter económico que amplían su alcance:

➡ Amplía el ámbito de las indemnizaciones en aquellos casos en que se tengan que suspender contratos e incluye los gastos de alquiler o costes de mantenimiento de instalaciones y de equipos durante el periodo de suspensión. El pago por anticipado de la indemnización te la finalidad de mantener los puestos de trabajo de los contratos afectados y evitar que estas empresas se hagan ERES o ERTEs.
➡ En materia tributaria, el decreto incorpora una reducción del 50% del canon del agua para todos los usuarios domésticos y también para los usuarios industriales, actividades económicas también, y actividades ganaderas.
➡ Se amplía del 75% al 80% el riesgo que asumirá el Govern a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y Avales en garantía des préstamos que conceden las entidades financieras a los autónomas y a las empresas que lo soliciten.
➡ Se concreta que de los 750 millones de euros que garantizarán el ICF y Avales, un total de 188 millones irán destinados a construir un fondo de garantía.

Finalmente, el Departament de Treball, Afers Socials i Famílies ha publicado un FAQ donde se responden a las preguntas más frecuentes sobre ERTES, recursos humanos, ayudas y bajas en la seguridad social.

Comunidad de Madrid

Puede encontrase aquí información detallada de las principales medidas aplicables en el ámbito tributario aprobadas por la Comunidad de Madrid, adoptando las decretadas por el Estado, en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Respecto a los autónomos, aquellos que cierren su negocio por razón del estado de alarma o acrediten una caída del 75% de ingresos, tendrán derecho a la prestación por cese de actividad y estarán exentos del pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social. 

Se ha habilitado una sección de preguntas frecuentes para trabajadores, empresas y autónomos en el portal de la Comunidad de Madrid, donde pueden consultarse los procedimientos relacionados con ERTEs.

A su vez, el Ayuntamiento de Madrid ha decidido impulsar un paquete de medidas fiscales con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se pueden producir en determinados sectores de la economía de la ciudad especialmente perjudicados por la pandemia por coronavirus de COVID-19.

Otras Comunidades Autónomas se suman a las medidas estatales para paliar los efectos del COVID-19, publicando medidas tributarias de efecto inmediato que paralizan o amplían los plazos de determinados procedimientos y tributos. 

País Vasco: 

Medidas dirigidas a mejorar la liquidez de microempresas, pymes y trabajadores autónomos, y a prevenir un impacto económico negativo mayor sobre los sectores más vulnerables de la economía, adoptadas por las tres Diputaciones Forales en sus respectivos boletines oficiales.

Diputación Foral de Bizkaia
Diputación Foral de Álava
Diputación Foral de Gipuzkoa

Andalucía: 

Se concede una subvención a la Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R. (Garántia) por un importe máximo de hasta treinta y seis millones de euros (36.000.000 euros) para favorecer y facilitar la financiación de las PYMES y los autónomos y autónomas en Andalucía a través de la concesión por ésta de avales financieros con la finalidad de ayudar a mitigar los efectos del COVID-19. 

Se activa una línea de garantías de créditos concedidos por entidades financieras para circulante en favor de las pequeñas y medianas empresas y autónomos y autónomas andaluces. La Administración de la Junta de Andalucía destinará para el instrumento de garantía veinte millones de euros (20.000.000 euros) con cargo a la línea Andalucía, financiación empresarial del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico. La prestación del aval tiene el carácter de ayuda no reembolsable, sin perjuicio de las cantidades recuperadas en caso de fallido.

Además se contemplan medidas tributarias que pueden consultarse en el propio decreto ley.

Otras

Para información específica de medidas adoptadas por cada comunidad autónoma, medidas que complementen o amplien las decretadas por el Estado, es fundamental consultar los portales electrónicos correspondientes.

MurciaGaliciaAragónCastilla y León

etc.

*La información de este artículo está en constante actualización dadas las circunstancias del estado de Alarma decretado por el Gobierno. Desde ADG-FAD recomendamos asesorarse con los expertos (gestorías, asesorías fiscales) para resolver las dudas sobre situaciones concretas. Además, si tienes información concreta de tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento que te gustaría compartir, puedes escribirnos a adg@adg-fad.org y la incluiremos.

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